POLÍTICA DE PREVENCIÓN Y SANCIÓN FRENTE AL HOSTIGAMIENTO SEXUAL

UAV Latam se compromete a mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable para todas las personas, sin discriminación de cualquier tipo y sin hostigamiento sexual o laboral.

El propósito de esta política es adecuar las normas generales y específicas para prevenir, investigar y sancionar el hostigamiento sexual reguladas por la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción de hostigamiento sexual y su Reglamento, Decreto Supremo N° 014-2019-MIM y el Decreto Supremo 021-2021-MIMP.

UAV Latam mantendrá cero tolerancias a cualquier evento de hostigamiento y dichos actos denunciados serán tratados con la debida reserva, transparencia y seriedad.

Esta política se aplica a todas las personas (Empleados, practicantes, contratistas proveedores y terceros) que realicen actividades en nombre de UAV LATAM sustentada en las normas peruanas legales para su prevención.

Para lograrlo nuestra base es la siguiente:

    • Rechazar cualquier tipo de conducta sexual o sexista en todas nuestras sedes y países donde operamos, por lo que buscamos garantizar un ambiente de trabajo libre de toda forma de hostigamiento sexual, en el que se respete la dignidad e integridad de todas las personas.
    • Adoptar medidas necesarias para prevenir, identificar, investigar y sancionar oportunamente cualquier conducta de hostigamiento sexual, de acuerdo con las normas legales vigentes y buenas prácticas sobre la materia.
    • Comprometernos a incorporar y difundir los controles, políticas y mecanismos adecuados que aseguren el bienestar laboral de todos los colaboradores, de conformidad a las disposiciones del Código de Conducta y demás políticas de la empresa.
    • Motivar a todo el personal a comprometerse con la identificación y erradicación de conductas que constituyan hostigamiento sexual en el ámbito laboral.

En UAV LATAM se promueve un ambiente de trabajo libre de hostigamiento sexual en el que las personas puedan desarrollar relaciones respetuosas, sobre la base de la igualdad de género. Esta institución rechaza el hostigamiento sexual como una práctica contraria a los Derechos Humanos.

La conducta de hostigamiento sexual realizada por una o un grupo de personas relacionadas con la organización en el ámbito de trabajo, se sancionará según el reglamento interno o las disposiciones que la autoridad inspectiva.

*Ley N° 27942: Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.

En caso de haber sido víctima o testigo de un acto de hostigamiento sexual realizado o que afecte a un trabajador de nuestra empresa. Envíe su queja o denuncia de la siguiente manera:

1. Descargue y complete el siguiente formulario

2. Envíe el formulario completo al correo

Juan Bergerlund Seminario
CEO UAV Latam
Guillermo Bergerlund
Director General UAV Latam

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